Objeto

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Un objeto es todo aquello que puede ser percibido por los sentidos o comprendido por la razón. Es decir, todo lo que puede convertirse en materia de conocimiento para un sujeto, ya se trate de una realidad externa o incluso del propio sujeto cuando reflexiona sobre sí mismo.

Los sentidos (vista, oído, olfato, tacto y gusto) permiten captar los objetos del entorno. Gracias a la percepción sensorial, los objetos se representan en la mente en forma de ideas, que luego pueden ser comprendidas, recordadas, analizadas o transformadas a través del pensamiento.

Esta relación no es unidireccional: muchos objetos surgen primero como ideas abstractas, que luego se materializan en el mundo físico. Inventos como los ordenadores, los teléfonos o los televisores fueron originalmente conceptos mentales antes de convertirse en objetos sensibles.

El objeto también es una meta o finalidad hacia la que se orienta una acción, un proyecto o un comportamiento. En este sentido, el objeto de una persona puede relacionarse con metas personales, laborales o vitales, según las aspiraciones y el bienestar que cada individuo busca.

Por otro lado, el objeto de estudio es la realidad o fenómeno del que se ocupa una ciencia. Cada disciplina se define en parte por aquello que estudia.

Ver también Objetivo y Meta

Objeto en filosofía

El objeto fue introducido en filosofía por los escolásticos para designar el contenido de un acto intelectual o perceptivo. Según esta concepción, el objeto es aquello que la mente aprehende cuando conoce, por lo que para ser reconocido debe representarse en la razón o en la mente.

Los escolásticos afirmaban que todo “ser objetivo” era un contenido del alma, una realidad mental, y no necesariamente una cosa externa. El objeto filosófico, por tanto, se identificaba más con aquello pensado que con lo existente fuera del pensamiento.

Más tarde, filósofos como Descartes y Hobbes ampliaron y modificaron esta noción. Para ellos, el término objeto no se refería solo al contenido del acto intelectual, sino también a la cosa o ente exterior que ese acto representaba.

Así, el objeto pasó a incluir tanto la representación mental como la realidad externa representada, introduciendo una distinción entre el objeto pensado y el objeto existente fuera de la conciencia. Este cambio consolidó la idea de que el pensamiento se dirige hacia algo real y externo, no únicamente hacia imágenes mentales.

Posteriormente, Kant ofreció una nueva interpretación del concepto. Para él, el objeto es el resultado del pensar, aquello que se constituye mediante la actividad del entendimiento al organizar la experiencia sensible bajo categorías o conceptos. En este enfoque trascendental, el objeto no es solo algo dado, sino algo construido por la mente en el proceso mismo de conocer. No conocemos las cosas “en sí mismas” (noumeno), sino los objetos tal como aparecen estructurados por nuestras facultades cognitivas (fenómenos).

Objeto directo e indirecto

El objeto directo o complemento directo es el sujeto o cosa que recibe de manera directa la acción del verbo. Con el objeto directo se responde a las preguntas ¿qué?, ¿a quién?, y puede ser sustituido por los pronombres lo, la, los, las.

Carlota derrotó a Andrea en el concurso de modelaje. ¿A quién le gano Carlota?, a Andrea. Carlota la derroto en el concurso de belleza.

Por otro lado, el paso de la oración a la voz pasiva, el objeto directo se convierte en sujeto paciente. Por ejemplo: Derroto a Andrea en el concurso de belleza, pasa a ser Andrea (sujeto paciente) ha sido derrotada por Carlota en el concurso de belleza.

El objeto indirecto o complemento directo es el individuo o cosa sobre el que recae la acción del verbo de manera indirecta. Este tipo de complemento u objeto permite responder a las preguntas: ¿a quién/qué? o ¿para quién?, asimismo puede sustituirse por los pronombres le, les, y en algunos casos se.

Carlota le compro un regalo a su abuela. ¿A quién le compro un regalo?, también se puede decir de la siguiente manera; Carlota le compro un regalo.

Objeto lícito y social

En el derecho, todo acto jurídico para ser válido exige de ciertos requisitos, entre los cuales se destaca que el objeto deba de ser cierto, posible, determinable y lícito.

En este sentido, el objeto lícito es aquel que está de acuerdo a la ley, al orden público y las buenas costumbres. Por ejemplo: el derecho de suceder por motivo de la muerte de una persona, no puede ser objeto de donación o contrato, a pesar de poseer el consentimiento de la persona. Otro ejemplo; ningún contrato debe de ir en contra de las garantías constitucionales.

Lo contrario del objeto lícito es el objeto ilícito, siendo contrario al orden público, y moral, acarreando de nulidad absoluta, por lo cual no produce ningún efecto jurídico.

Por su parte, el objeto social es una cláusula del contrato de sociedad donde se especifica la actividad o actividades que la misma se va a dedicar. La misma debe de ser redactada de manera clara, concisa, fiel, asimismo resulta apropiado investigar si dicha actividad posee una legislación especial para su desarrollo.

Cómo citar: Significados, Equipo (04/11/2025). "Objeto". En: Significados.com. Disponible en: https://www.significados.com/objeto/ Consultado:

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